Protocolo COVID-19

Importante. En esta página te mostramos el Protocolo de actuación para la vuelta a la actividad ordinaria.

Introducción

covid-19

El regreso a la actividad presencial debe contar con la elaboración y seguimiento de un Plan de Medidas Preventivas adaptado a las particularidades de cada centro de trabajo dirigido a prevenir y a dar respuesta a la posible aparición de casos de COVID-19 y garantizar la continuidad de la actividad laboral.

Como consecuencia, el protocolo contiene medidas de tipo organizativo e higiénicas, y deberá establecer un mecanismo ágil de adaptación a los cambios que propongan las administraciones sanitarias en todo momento. Tiene en cuenta el grado de exposición del personal del centro de trabajo al COVID-19 y por ello considera los siguientes aspectos:

Evaluación del grado de exposición.

  • Medidas organizativas conforme a la actividad del centro de trabajo:
    • Medidas colectivas.
    • Medidas individuales.
  • Protocolo de desinfección.

Se considera importante implicar en el presente protocolo a los delegados de prevención y al Comité de Empresa, a los que se les ha dado a conocer el siguiente protocolo y se les ha pedido posibles aportaciones. Para hacer el seguimiento de dicho protocolo se ha propuesto un comité formado por: Presidencia, Secretaria de Presidencia, Responsable de Facilities, Decano de la Facultad de Ciencias de la Salud, Gerente del IRF, Coordinadora de Estudiantes y los delegados de Prevención del Centro.

  • Orden SND/232/2020 de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
  • Prevención y mitigación del COVID-19 en el trabajo, publicado por la OIT el día 9 de abril de 2020.
  • RD-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.
  • Orden SND/399/2020 de 9 de mayo, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.
  • Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2 de 22 de mayo de 2020.
  • Nota interpretativa de los escenarios de riesgos de exposición establecidos en el procedimiento.
  • Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
  • Prevención de riesgos laborales vs. COVID-19 -Compendio no exhaustivo de fuentes de información- del INSHT versión 28 de mayo de 2020.

El presente protocolo está en revisión permanente, en función de la evolución y de la nueva información de que se disponga a raíz de la publicación de nueva normativa por parte de las autoridades competentes. Las modificaciones se publicarán en la página web del Centro Universitario.

El plan de retorno incluye medidas relativas a la seguridad y medidas relativas a la higiene y la limpieza en el lugar de trabajo, considerando todas las áreas de trabajo y tareas desarrolladas por los trabajadores, así como las fuentes de exposición potenciales.

Se realizará, al menos dos veces al día, una limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes como: pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, perchas, carros, grifos, y otros elementos de similares características, conforme a las siguientes pautas:

  • Una de las limpiezas se realizará, obligatoriamente, al finalizar el día.
  • Se utilizarán desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad. Si se utiliza un desinfectante comercial se respetarán las indicaciones de la etiqueta.
  • Tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección individual (en adelante EPIs) utilizados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos.
  • Asimismo, se realizará una limpieza y desinfección de los puestos de trabajo en cada cambio de turno, con especial atención a mostradores, mamparas, teclados, terminales de pago, pantallas táctiles, herramientas de trabajo y otros elementos susceptibles de manipulación, prestando especial atención a aquellos utilizados por más de un trabajador. Las limpiezas se harán a media jornada y a la finalización de la misma.
  • Cuando permanezcan más de un trabajador atendiendo al público, las medidas de limpieza se extenderán no solo a la zona de recepción, sino también, en su caso, a zonas privadas de los trabajadores, tales como vestuarios, taquillas, aseos y áreas de descanso.
  • Etiqueta respiratoria:
    • Cubrirse la nariz y la boca con un pañuelo al toser y estornudar, y desecharlo a un cubo de basura preferentemente con tapa y pedal. Si no se dispone de pañuelos emplear la parte interna del codo para no contaminar las manos.
    • Evitar tocarse los ojos, la nariz o la boca.
    • Mantener una distancia interpersonal de 2 metros.
    • Uso obligatorio de mascarilla higiénica o quirúrgica (salvo contraindicaciones).
    • Lavado obligatorio de manos cada hora.
  • Limpiar los puntos de contacto de la fotocopiadora/ máquinas de vending antes y después de su uso con alcohol isopropilico preferentemente.
  • La limpieza de teléfonos fijos, ordenadores, fotocopiadoras y en general todo elemento de uso frecuente o que tenga contacto las personas con ello, pomos de puertas, interruptores, etc., es de extrema importancia. Los residuos generados en esta etapa de limpieza se clasificarán como residuos biosanitarios infecciosos o específicos del Grupo III, como así los establece el Decreto 83/1999, de 3 de junio, por el que se regulan las actividades de producción y de gestión de los residuos biosanitarios y citotóxicos en la Comunidad de Madrid y las pautas de la Organización Mundial de la Salud y lo dispuesto en la Orden SND/271/2020, de 19 de marzo, por la que se establecen instrucciones sobre gestión de residuos en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 . Por tanto, para ellos se exige el cumplimiento de medidas de prevención en la manipulación, recogida, almacenamiento, transporte, tratamiento y eliminación, por representar riesgos para los trabajadores, para la salud pública o el medio ambiente. Deben seguir procesos de gestión especiales por parte de empresas autorizadas por las Comunidades Autónomas (Gestor Autorizado de Residuos). Existirán dos tipos de contenedores, uno específico para residuos de este grupo punzantes y/o cortantes, cuyo recipiente ha de ser de un solo uso, impermeables, rígidos y a prueba de pinchazos, de color amarillo y otro contenedor para el resto de residuos de este grupo (material fungible utilizado), de mayor tamaño, en cubos negros, de 30-60 litros, o en su defecto en sacas negras de más de 100-200 galgas (grosor).
  • Orden SND/232/2020 de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
  • Prevención y mitigación del COVID-19 en el trabajo, publicado por la OIT el día 9 de abril de 2020.
  • RD-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.
  • Orden SND/399/2020 de 9 de mayo, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.
  • Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2 de 22 de mayo de 2020.
  • Nota interpretativa de los escenarios de riesgos de exposición establecidos en el procedimiento.
  • Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
  • Prevención de riesgos laborales vs. COVID-19 -Compendio no exhaustivo de fuentes de información- del INSHT versión 28 de mayo de 2020.

El presente protocolo está en revisión permanente, en función de la evolución y de la nueva información de que se disponga a raíz de la publicación de nueva normativa por parte de las autoridades competentes. Las modificaciones se publicarán en la página web del Centro Universitario.

Accesos

Acceso covid-19

Toda persona que acceda al centro debe cumplir las siguientes normas en la puerta de entrada:

Toda persona que acceda al centro debe cumplir las siguientes normas en la puerta de entrada:

  • Desinfección de zapatos en las alfombras de desinfección
  • Desinfección de las manos.
  • Ponerse la mascarilla.
  • Si se generasen filas de espera, habrá que respetar la distancia mínima de seguridad, según quede indicado.
  • El usuario del centro deberá continuar el camino por las indicaciones direccionales en el suelo, que indiquen la dirección que quiere tomar, aunque este sea más largo que el habitual.

Se garantizará la atención individualizada al paciente con la debida separación física prevista en este capítulo o, en el caso de que esto no sea posible, mediante la instalación de mostradores o mamparas.

  • Se establecerá un horario de atención preferente para mayores de 65 años, que deberá hacerse coincidir con las franjas horarias para la realización de paseos y actividad física de este colectivo.
  • El tiempo de permanencia será el estrictamente necesario para que la prestación del servicio.

Plan de retorno a la actividad

Se ha presentado un documento a cada trabajador solicitando información de si se considera dentro de los principales grupos de riesgo o si presentan otro tipo de riesgo para su valoración por parte del Servicio de Prevención Ajeno. Este trámite es anterior a la incorporación del trabajador.

A continuación, se explican los casos de exposición/riesgo y la definición de trabajadores especialmente sensibles.

Se ha presentado un documento a cada trabajador solicitando información de si se considera dentro de los principales grupos de riesgo o si presentan otro tipo de riesgo para su valoración por parte del Servicio de Prevención Ajeno. Este trámite es anterior a la incorporación del trabajador.

A continuación, se explican los casos de exposición/riesgo y la definición de trabajadores especialmente sensibles.

Según establece el procedimiento para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición del SARS-CoV-2 del Ministerio de Sanidad de 8 de abril de 2020, entendemos por:

  • Exposición de riesgo: aquellas situaciones laborales en las que se puede producir un contacto estrecho con un caso posible, probable o confirmado de infección por el SARS-CoV-2, sintomático como consecuencia del servicio que presta el trabajador.
  • Exposición de bajo riesgo: aquellas situaciones laborales en las que la relación que se pueda tener con un caso posible, probable o confirmado, no incluye contacto estrecho.
  • Baja probabilidad de exposición: trabajadores que no tienen atención directa al público o, si la tienen, se produce a más de dos metros de distancia, o disponen de medidas de protección colectiva que evitan el contacto (mampara de cristal, separación de cabina de ambulancia, etc.).

Se define como persona especialmente sensible a los riesgos de padecer la enfermedad causada por el nuevo coronavirus (SARS-Cov-2), a aquellas que, en función de sus características personales o estado biológico conocido, pueden sufrir las consecuencias de la enfermedad con una mayor severidad que el resto de la población o padecer determinadas complicaciones en su evolución. En los procedimientos de actuación frente a casos de infección por el nuevo coronavirus del Ministerio de Sanidad, los principales grupos vulnerables para COVID-19 son las personas con:

  • Diabetes.
  • Enfermedad cardiovascular, incluida hipertensión.
  • Enfermedad pulmonar crónica
  • Inmunodeficiencia
  • Cáncer en fase de tratamiento activo
  • Embarazo
  • Mayores de 60 años

Es por ello que se ha presentado un documento a cada trabajador solicitando información de si se considera dentro de los principales grupos de riesgo o si presentan otro tipo de riesgo para su valoración por parte del Servicio de Prevención Ajeno. Este trámite es anterior a la incorporación del trabajador.

Antes de salir del domicilio, el trabajador debe tomarse la temperatura, de forma que, si supera los 37,5ºC o tiene algún síntoma compatible con la enfermedad (fiebre, tos o dificultad para respirar), deberá quedarse en casa y ponerse en contacto con su responsable y con RRHH. Esto también es aplicable si los síntomas los ha tenido la tarde-noche anterior.

El desplazamiento al centro de trabajo se realizará preferentemente en transporte privado o caminando, evitando al máximo posibles aglomeraciones. En el caso de que sea necesario el uso de transporte público, se hará uso de mascarillas tipo quirúrgico.

Para el desplazamiento en vehículo privado: preferentemente se realizará de manera individual, si es necesario que vayan dos personas, cada una deberá ir en una fila de asientos y en diagonal. En este caso de vehículo compartido, se recomienda el uso de mascarilla tipo quirúrgica.

Para desplazamiento andando: mantén en todo momento la distancia social de, al menos, 2 metros de distancia con el resto de personas y evita cualquier aglomeración.

Para el desplazamiento en transporte público, evita aglomeraciones y, si es necesario, espera al siguiente autobús o vagón. Utiliza mascarilla de protección, si vas a tener que utilizarla, se recomienda llevarla desde que se sale del domicilio.

En todos los casos, evita tocar cualquier superficie y no tocarse la cara.

  • Personal Auxiliar y Servicios:
    • Mascarilla FFP2 (en los casos de atención al público) o quirúrgicas sí disponen de mamparas.
    • Pantalla de protección facial (en los casos de atención al público).
    • Mampara (en los casos de atención al público).
  • Alumnos (en puerta principal):
    • Gel hidroalcohólico.
    • Mascarillas quirúrgicas o higiénicas.
    • Alfombras desinfectantes.
    • Higiene de manos.
  • Personal SANITARIO.
    • Guantes (si la práctica lo requiere).
    • Mascarillas quirúrgicas/higiénicas o FFP2 (si la clase práctica lo requiere).
    • Pantallas-gafas de protección facial.
    • Trajes-batas de protección (si la práctica lo requiere).
    • Higiene de manos.
  • Si el trabajador tiene algún síntoma de malestar deberá notificarlo antes de acudir a su puesto de trabajo a RRHH de manera inmediata para que se le indique lo que debe hacer.
  • Si el trabajador empieza a notar síntomas mientras esté en el puesto de trabajo, se avisará a sus compañeros y responsables, extremará las precauciones tanto de distanciamiento social como de higiene y se contactará de inmediato con el teléfono de atención a la COVID-19 (Telf.: 900 102 112) o con su Centro de Atención Primaria para seguir las instrucciones.
  • Ponerse todas las medidas de protección que facilite el centro, desde el inicio de su jornada hasta la finalización de la misma.
  • Mantener la distancia de seguridad con sus compañeros y alumnos en las zonas comunes.
  • Uso moderado de los EPIS y guardado personal de los mismos en caso que estos puedan ser reutilizados.
  • Evitar el uso compartido de equipos de trabajo. En caso de no sea posible, se deberán desinfectar después de cada uso, dotando a los trabajadores de elementos para ello.
  • Establecer como norma el lavado de manos al iniciar y al acabar las sesiones docentes o cada hora.
  • Se debe mantener el espacio de trabajo en unas adecuadas condiciones de orden y limpieza, todos aquellos elementos que no se utilicen deberán guardarse en armarios o cajones, para evitar su posible contaminación. Al abandonar el puesto de trabajo, debe estar lo más despejado posible para facilitar la limpieza.
  • Igualmente, recogida de sus enseres en aseos y zonas comunes antes de marcharse, para facilitar la limpieza de las zonas ocupadas.
  • El trabajador puede no atender a un alumno que se quite las protecciones que debe llevar de manera obligatoria.
  • Las reuniones deben realizarse por videoconferencia, siempre que sea posible. Cuando no lo sea, se deberá mantener la distancia de 2 metros entre cada persona, por lo que se deberá adaptar la sala.
  • Etiqueta respiratoria:
    • Cubrirse la nariz y la boca con un pañuelo al toser y estornudar, y desecharlo a un cubo de basura preferentemente con tapa y pedal. Si no se dispone de pañuelos emplear la parte interna del codo para no contaminar las manos.
    • Evitar tocarse los ojos, la nariz o la boca.
    • Mantener una distancia interpersonal de 2 metros.
    • Uso obligatorio de mascarilla higiénica o quirúrgica (salvo contraindicaciones).
    • Lavado obligatorio de manos cada hora.
  • Fichaje a través del móvil u ordenador (https://lasallecampus.schooltracker.es/sso)

Cumplir, en todo caso, con las obligaciones: formación, prevención de riesgos establecidas en la legislación vigente, tanto con carácter general como de manera específica para prevenir el contagio del COVID19. Asimismo, se dará formación en los siguientes aspectos:

  • Todo aquel trabajo que pueda seguir realizándose en la modalidad de teletrabajo, se priorizará, evitando la necesidad de acudir al puesto de trabajo y limitando los desplazamientos.
  • Se asegurará que todos los trabajadores cuenten con equipos de protección individual adecuados al nivel de riesgo y que tengan permanentemente a su disposición, en el lugar de trabajo, geles hidroalcohólicos autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos, o cuando esto no sea posible, agua y jabón. El uso de mascarillas será obligatorio.
  • Asimismo, se asegurarán las medidas de distancia en los vestuarios y aseos de los trabajadores, así como en las áreas de descanso, comedores, cocinas y cualquier otra zona de uso común.
  • Se incorporará cartelería informativa en los accesos comunes.
  • Facilitar un salvoconducto o declaración responsable a los trabajadores que indique que va a su centro de trabajo, hasta que sea necesario.
  • Antes del comienzo de la actividad, primer día, se hará una limpieza del puesto de trabajo. Asimismo, se reforzará la limpieza de las instalaciones garantizando que se utilizan productos adecuados para la eliminación del virus y durante la jornada laboral, se realizarán dos limpiezas, una a mitad de la jornada y otra posterior a la marcha del trabajador.
  • Aumentar la ventilación de las instalaciones, mediante la apertura de las ventanas o mediante la renovación del aire en los sistemas de climatización.
  • En caso de las recepciones o atenciones personalizadas, protección de mamparas si fuera posible.
  • Acomodar los aforos a la nueva normativa.
  • Se debe garantizar la distancia de seguridad entre los trabajadores, de al menos, 2 metros. Por ello se realizarán las adaptaciones/modificaciones necesarias en los lugares de trabajo y/o estableciendo turnos de trabajo (en días diferentes o en horarios de mañana y tarde, por ejemplo) de forma que no coincida toda la plantilla a la misma vez en el centro de trabajo.
  • Se deben evitar aglomeraciones, en las zonas de control de acceso o similar, por ello, hay que tener también en cuenta un acceso escalonado por turnos, de forma que se garanticen las distancias de seguridad.
  • Se puede establecer un sistema de acceso flexible o establecer turnos en los que se distribuya la plantilla en grupos cada 5 o 10 minutos.
 

El plan de retorno incluye medidas relativas a la seguridad y medidas relativas a la higiene y la limpieza en el lugar de trabajo, considerando todas las áreas de trabajo y tareas desarrolladas por los trabajadores, así como las fuentes de exposición potenciales.